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Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 23 de agosto de 2008 · Último cambio el 5 de agosto de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. co
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Definiciones.
  7. Artículo 4. Condiciones generales de la seguridad industrial.
  8. Artículo 5. Responsabilidad de los agentes.
  9. TÍTULO II
  10. Artículo 6. Régimen jurídico de las actividades industriales que pueden producir accidentes graves.
  11. Artículo 7. Planeamiento urbanístico y prevención de riesgos industriales.
  12. Artículo 8. Riesgo industrial aceptable y condiciones de seguridad industrial.
  13. TÍTULO III
  14. Articulos 9 a 24.
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 9. La Agencia Catalana de Seguridad Industrial.
  17. Artículo 10. Funciones.
  18. Artículo 11. Contrato de gestión.
  19. Artículo 12. Actividades.
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 13. Órganos de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial.
  22. Artículo 14. El Consejo Rector.
  23. Artículo 15. La Dirección.
  24. Artículo 16. El Consejo Asesor.
  25. CAPÍTULO III
  26. Artículo 17. Personal de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial.
  27. Artículo 18. Patrimonio de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial.
  28. Artículo 19. Recursos económicos de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial.
  29. Artículo 20. Presupuesto.
  30. CAPÍTULO IV
  31. Artículo 21. Actos administrativos de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial.
  32. Artículo 22. Régimen de contratación.
  33. Artículo 23. Contabilidad y control económico y financiero.
  34. Artículo 24. Disolución.
  35. TÍTULO IV
  36. CAPÍTULO I
  37. Artículo 25. Operadores de la inspección en materia de seguridad industrial.
  38. Artículo 26. Régimen de prestación de los servicios de inspección. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  39. Artículo 27. Obligaciones de los operadores. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  40. Artículo 28. Tarifas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  41. CAPÍTULO II
  42. Sección primera
  43. Artículo 29. Funciones de los organismos de control. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  44. Artículo 30. Requisitos de los organismos de control. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  45. Sección segunda
  46. Artículo 31. Despliegue territorial mínimo de los organismos de control. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  47. Artículo 32. Autorización de los organismos de control. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  48. Artículo 33. Extinción de la autorización del organismo de control. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  49. CAPÍTULO III
  50. Sección primera
  51. Artículo 34. El servicio de inspección técnica de vehículos.
  52. Artículo 35. Funciones de los titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  53. Artículo 36. Requisitos de los titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  54. Sección segunda
  55. Artículo 37. Autorización de los titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  56. Artículo 38. Extinción de la autorización de los titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
  57. TÍTULO V
  58. CAPÍTULO I
  59. Artículo 39. Alcance del control de la Administración en materia de seguridad industrial.
  60. Artículo 40. Personal inspector.
  61. Artículo 41. Facultades del personal inspector.
  62. Artículo 42. Efectos de la actividad inspectora.
  63. CAPÍTULO II
  64. Artículo 43. Sujetos responsables.
  65. Artículo 44. Clasificación de las infracciones. 3 redacciones · cambió el 30/12/2011
  66. Artículo 45. Sanciones.
  67. Artículo 46. Multas coercitivas.
  68. Artículo 47. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
  69. Artículo 48. Afectación de las sanciones.
  70. CAPÍTULO III
  71. Artículo 49. Órganos competentes para imponer sanciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  72. Artículo 50. Procedimiento sancionador.
  73. Disposición adicional primera. Aplicación concurrente de la presente Ley.
  74. Disposición adicional segunda. Régimen de autorización de los operadores de la inspección habilitados.
  75. Disposición adicional tercera. Actos dictados al amparo del Decreto 361/2001.
  76. Disposición adicional cuarta. Acceso a los datos de los registros.
  77. Disposición adicional quinta. Cooperación y coordinación con la autoridad laboral.
  78. Disposición adicional sexta. Finalización de los contratos concesionales y ejecución de fianzas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  79. Disposición adicional séptima. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos
  80. Disposición adicional octava. Referencias normativas.
  81. Disposición transitoria primera. Eficacia y extinción de la habilitación.
  82. Disposición transitoria segunda. Transferencia de la habilitación.
  83. Disposición transitoria tercera. Régimen de actuación de las empresas de inspección autorizadas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  84. Disposición transitoria cuarta. Cuota máxima de mercado de los titulares de estaciones de inspección técnica de vehículos y distancias mínimas entre estaciones de inspección técnica de vehículos.
  85. Disposición transitoria quinta. Órganos competentes. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  86. Disposición transitoria sexta. El personal de la Agencia Catalana de Seguridad Industrial 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  87. Disposición transitoria séptima. Reglamentos técnicos de seguridad industrial.
  88. Disposición transitoria octava. Comunicación de accidentes en instalaciones industriales.
  89. Disposición derogatoria.
  90. Disposición final primera. Modificación del Decreto legislativo 3/2008 en relación a las tasas en materia de seguridad industrial.
  91. Disposición final segunda. Autorización para refundir el Decreto legislativo 3/2008 y las disposiciones que lo modifiquen.
  92. Disposición final tercera. Desarrollo de la presente Ley. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  93. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  94. Firma