Legislación › Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.
Disposición transitoria primera. Laboratorios Nacionales de Referencia.
Disposición transitoria primera. Laboratorios Nacionales de Referencia.
(Suprimida)
Se suprime por la disposición final 5.2 del Real Decreto 682/2026, de 26 de agosto. BOE-A-2026-20270
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2026 En vigor | BOE-A-2026-20270 | Leer | Qué cambió |
| 8 de octubre de 2008 | Texto original | Leer |


