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Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013.
En vigor Ministerio de Trabajo e Inmigración · Publicada el 18 de octubre de 2008 · Último cambio el 13 de julio de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Criterios generales de subvencionabilidad Fondo Social Europeo. 3 redacciones · cambió el 13/07/2013
- Artículo 3. Documentación justificativa. 2 redacciones · cambió el 13/07/2013
- Artículo 4. Gastos de asistencia técnica.
- Artículo 5. Contribuciones en especie.
- Artículo 6. Costes indirectos.
- Artículo 6 bis. Formas de justificación simplificada.
- Artículo 6 ter. Disposiciones comunes sobre formas simplificadas de justificación de gastos.
- Artículo 7. Gastos de amortización.
- Artículo 8. Gastos financieros y legales.
- Artículo 8 bis. Retribuciones y complementos desembolsados por terceros.
- Artículo 9. Ingresos.
- Artículo 10. Instrumentos de ingeniería financiera.
- Artículo 11. Arrendamiento financiero.
- Artículo 12. Subcontratación de la ejecución de la operación por el beneficiario.
- Artículo 13. Subvencionabilidad según el lugar en que se ejecute la operación.
- Artículo 14. Financiación complementaria.
- Artículo 15. Formas de ayuda reembolsable
- Disposición transitoria única. Subsanación de deficiencias.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma


