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Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 24 de noviembre de 2008 · Último cambio el 7 de junio de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- preambulo 2 redacciones · cambió el 07/06/2014
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Acceso a los estudios universitarios oficiales de Grado.
- Artículo 3. Procedimientos de acceso a la universidad.
- Artículo 4. Principios rectores del acceso a la universidad española.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Finalidad de la prueba.
- Artículo 6. Participación en la prueba.
- Artículo 7. Condiciones generales de la prueba.
- Artículo 8. Estructura de la prueba.
- Artículo 9. Descripción de la fase general.
- Artículo 10. Calificación de la fase general.
- Artículo 11. Descripción de la fase específica. 2 redacciones · cambió el 08/05/2010
- Artículo 12. Calificación de las materias de la fase específica.
- Artículo 13. Superación de la prueba de acceso a la universidad.
- Artículo 14. Nota de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. 2 redacciones · cambió el 08/05/2010
- Artículo 15. Convocatorias.
- Artículo 16. Comisiones organizadoras. 2 redacciones · cambió el 08/05/2010
- Artículo 17. Tribunales calificadores.
- Artículo 18. Reclamaciones. 2 redacciones · cambió el 08/05/2010
- Artículo 19. Estudiantes que presentan algún tipo de discapacidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 20. Estudiantes de sistemas educativos a los que se refiere el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Artículo 21. Prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos extranjeros.
- Artículo 22. Organización de la prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos extranjeros.
- Artículo 23. Estructura de la prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos extranjeros no exentos de prueba.
- Artículo 24. Convocatorias de la prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos extranjeros no exentos de prueba.
- Artículo 25. Nota media del expediente de la prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos extranjeros no exentos de prueba.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 26. Títulos de Técnico Superior y Técnico Deportivo Superior. 2 redacciones · cambió el 08/05/2010
- CAPÍTULO V
- Artículo 27. Accesos a la universidad por criterios de edad y experiencia laboral o profesional.
- Artículo 28. Acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Artículo 29. Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Artículo 30. Convocatorias de la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- Artículo 31. Realización de la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- Artículo 32. Aspirantes a la prueba de acceso para mayores de 25 años con algún tipo de discapacidad.
- Artículo 33. Calificación de la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- Artículo 34. Reclamaciones de la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- Artículo 35. Comisión organizadora de la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- Artículo 36. Acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional.
- Artículo 37. Acceso a la universidad para mayores de 45 años.
- Artículo 38. Prueba de acceso a la universidad para mayores de 45 años.
- Artículo 39. Convocatorias de la prueba de acceso para mayores de 45 años.
- Artículo 40. Realización de la prueba de acceso para mayores de 45 años.
- Artículo 41. Calificación de la prueba de acceso para mayores de 45 años.
- Artículo 42. Reclamaciones.
- Artículo 43. Comisión organizadora de la prueba de acceso para mayores de 45 años.
- Artículo 44. Aspirantes a la prueba de acceso para mayores de 45 años con algún tipo de discapacidad.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 45. Reglas generales de admisión a la universidad.
- Artículo 46. Plazas de nuevo ingreso.
- Artículo 47. Límites máximos de plazas.
- Artículo 48. Reserva de plazas.
- Artículo 49. Plazas reservadas para mayores de 25 años.
- Artículo 50. Plazas reservadas para mayores de 45 años y para mayores de 40 años que acrediten experiencia laboral y profesional.
- Artículo 51. Plazas reservadas a estudiantes con discapacidad.
- Artículo 52. Plazas reservadas a deportistas de alto nivel y de alto rendimiento.
- Artículo 53. Plazas reservadas a estudiantes con titulación universitaria o equivalente.
- Artículo 54. Orden de prelación en la adjudicación de las plazas de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. 2 redacciones · cambió el 08/05/2010
- Artículo 55. Criterios de valoración para la adjudicación de plazas.
- Artículo 56. Cambio de universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles.
- Artículo 57. Admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros.
- Disposición adicional primera. Estudiantes procedentes de ordenaciones educativas anteriores.
- Disposición adicional segunda. Pruebas específicas para el acceso a determinadas enseñanzas universitarias.
- Disposición adicional tercera. Estudiantes con la prueba de acceso superada según normativas anteriores.
- Disposición adicional cuarta. Nota de admisión para títulos equivalentes a Técnico Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Técnico Deportivo Superior de Enseñanzas Deportivas.
- Disposición adicional quinta. Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado que se impartan en el sistema de centros universitarios de la defensa.
- Disposición adicional sexta. Modificación del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición transitoria única. Aplicabilidad normativa.
- Disposición transitoria primera. Aplicabilidad normativa.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Ejercicio de lengua extranjera. 3 redacciones · cambió el 13/07/2013
- Disposición final tercera. Autorización para el desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


