Legislación › Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.
Artículo 1. Objeto de la norma.
Artículo 1. Objeto de la norma.
1. Este real decreto tiene por objeto establecer las especialidades docentes de los cuerpos de funcionarios que tienen a su cargo la enseñanza en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional
2. Asimismo, este real decreto tiene por objeto determinar la validez de los títulos universitarios oficiales de máster para acreditar la formación pedagógica y didáctica exigida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para ejercer la docencia en determinadas enseñanzas del sistema educativo.
Se modifica por la disposición final 3 del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. BOE-A-2023-9553
Téngase en cuenta para su aplicación, las disposiciones transitoria única.1 y final 9 del citado decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de abril de 2023 En vigor | BOE-A-2023-9553 | Leer | Qué cambió |
| 29 de noviembre de 2008 | Texto original | Leer |


