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Legislación › Real Decreto 1972/2008, de 28 de noviembre, sobre reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Disposición adicional única. Referencias.

Disposición adicional única. Referencias.

Las referencias que la parte no modificada del Real Decreto 1972/2008, de 28 de noviembre, realice a socios de la organización de productores, se entenderán hechas a los miembros de la misma; las que haga al Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, se entenderán realizadas a los artículos correspondientes del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013; y las que haga al Reglamento (CE) n.º 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, se entenderán realizadas a los artículos correspondientes del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011.

Se modifica por el art. 1.11 del Real Decreto 970/2014, de 21 de noviembre. BOE-A-2014-12102.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-12102 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 2008 Texto original Leer

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