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Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»

En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 12 de febrero de 2008 · Último cambio el 24 de septiembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Definición.
  4. Artículo 2. Edición electrónica.
  5. Artículo 3. Carácter oficial y auténtico.
  6. Artículo 4. Características. 2 redacciones · cambió el 23/05/2015
  7. Artículo 5. Competencias. 2 redacciones · cambió el 23/05/2015
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Contenido.
  10. Artículo 7. Estructura del diario oficial. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  11. Artículo 8. Contenido de las secciones y suplementos. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  12. Artículo 9. Estructura de las secciones y subsecciones.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 10. Publicación de la edición electrónica.
  15. Artículo 11. Acceso a la edición electrónica. 2 redacciones · cambió el 23/05/2015
  16. Artículo 12. Requisitos de la edición electrónica.
  17. Artículo 13. Garantía de la edición. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 14. Acceso de los ciudadanos. 4 redacciones · cambió el 24/09/2022
  20. Artículo 15. Servicio de ayuda. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  21. Artículo 16. Convenios con otras Administraciones públicas.
  22. Artículo 17. Servicio de base de datos. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  23. Artículo 18. Accesibilidad.
  24. CAPÍTULO V
  25. Artículo 19. Facultad de ordenar la inserción. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  26. Artículo 20. Remisión de documentos. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  27. Artículo 21. Autenticidad de los documentos. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  28. Artículo 22. Competencia en relación con las diversas secciones. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  29. Artículo 23. Tramitación de la documentación.
  30. Artículo 24. Publicación íntegra y en extracto. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  31. Artículo 25. Justificación de la obligatoriedad de la inserción.
  32. Artículo 26. Correcciones. 2 redacciones · cambió el 23/05/2015
  33. Artículo 27. Inserciones gratuitas y de pago. 3 redacciones · cambió el 12/05/2021
  34. Disposición adicional primera. Sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los anuncios de notificación.
  35. Disposición adicional segunda. Anuncios de notificación en procedimientos sancionadores en materia de tráfico. 2 redacciones · cambió el 12/05/2021
  36. Disposición adicional tercera. Remisión telemática de documentos a publicar en las secciones I, II, III y del Tribunal Constitucional.
  37. Disposición adicional cuarta. Sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los documentos que deban insertarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
  38. Disposición transitoria única. Remisión de documentos a publicar en las secciones I, II, III y del Tribunal Constitucional. 2 redacciones · cambió el 23/05/2015
  39. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  40. Disposición final primera. Habilitación normativa. 2 redacciones · cambió el 12/05/2021
  41. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  42. Firma
  43. ANEXO
  44. ANEXO I
  45. ANEXO II