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Legislación › Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.

Artículo 25. Régimen presupuestario.

Artículo 25. Régimen presupuestario.

1. La Agencia elaborará anualmente un anteproyecto de presupuesto, que remitirá a la Consejería competente en materia de Hacienda para su integración en el anteproyecto del Presupuesto de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

El referido anteproyecto reflejará los costes necesarios para el funcionamiento de la Agencia y la consecución de sus fines y se elaborará y gestionará bajo el principio de equilibrio presupuestario.

2. El régimen presupuestario de la Agencia será el establecido para las agencias de régimen especial en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en la restante normativa de aplicación.

Se modifica por la disposición final 7.2 de la Ley 18/2011, de 23 de diciembre. BOE-A-2012-881

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1 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-881 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 Texto original Leer

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