Legislación › Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.
Artículo 1. Naturaleza.
Artículo 1. Naturaleza.
1. El Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid es el superior órgano consultivo del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Madrid, así como de sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes de la misma.
2. El Consejo Consultivo ejerce sus funciones con autonomía orgánica y funcional con el fin de garantizar su objetividad e independencia.


