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Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

Derogada o sin vigencia Comunidad de Madrid · Publicada el 3 de marzo de 2008 · Último cambio el 29 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. co
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Naturaleza.
  5. Artículo 2. Régimen jurídico.
  6. Artículo 3. Dictámenes del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.
  7. TÍTULO I
  8. Artículo 4. Órganos.
  9. Artículo 5. Composición del Pleno y de la Comisión Permanente.
  10. Artículo 6. Presidente del Consejo Consultivo.
  11. Artículo 7. Consejeros.
  12. Artículo 8. Régimen de incompatibilidades del Presidente y de los Consejeros.
  13. Artículo 9. Secretario General.
  14. Artículo 10. Objetividad, imparcialidad y deber de sigilo.
  15. Artículo 11. Retribuciones.
  16. Artículo 12. Pérdida de la condición de miembro del Consejo Consultivo.
  17. TÍTULO II
  18. Artículo 13. Competencia.
  19. TÍTULO III
  20. Artículo 14. Solicitud de dictámenes.
  21. Artículo 15. Aprobación de los dictámenes.
  22. Artículo 16. Plazos.
  23. Artículo 17. Documentación.
  24. Artículo 18. Letrados del Consejo Consultivo.
  25. Artículo 19. Medios personales y materiales.
  26. TÍTULO IV
  27. Artículo 20. Transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
  28. Artículo 21. Competencias en materia de acceso a la información pública.
  29. Artículo 22. Competencias sobre sanciones en materia de buen gobierno a los altos cargos de la Comunidad de Madrid.
  30. Disposición adicional primera. Solicitud de dictámenes.
  31. Disposición adicional segunda. Relaciones con la Administración.
  32. Disposición adicional tercera. Referencias al Consejo de Estado.
  33. Disposición transitoria única. Fecha de inicio de solicitud de dictámenes.
  34. Disposición derogatoria única.
  35. Disposición final primera.
  36. Disposición final segunda. Aprobación del Reglamento Orgánico.
  37. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  38. Firma