Legislación › Real Decreto 330/2008, de 29 de febrero, por el que se adoptan medidas de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos.
ANEXO I
ANEXO I
Productos de importación procedentes de terceros países sometidos a control de seguridad previo a su despacho aduanero (Códigos Nomenclatura Combinada)
| NC | Denominación producto |
|---|---|
| Ex 3213.90.00 | Los demás colores para la pintura artística, la enseñanza, la pintura de carteles, para matizar o para entretenimiento y colores similares, en pastillas, tubos, botes, frascos o en formas o envases similares: Pinturas de dedos. |
| Ex. 3922.10.00.00 | Bañeras de bebé. |
| 3926.90.60 | Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas 3901 3914. Las demás. Pantallas y viseras de protección facial. |
| Ex. 3926.90.97 | Las demás manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas 3901 a 3914: Pantallas y viseras de protección facial, protectores auditivos (tapones pasivos y orejeras), arnés para primeros pasos y broches para chupetes. |
| Ex. 4203.29 | Guantes de motociclismo de cuero natural o cuero regenerado. |
| 4403.11 | Madera de coníferas en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada, tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación. |
| 4403.12 | Madera distinta de la de coníferas en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada, tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación. |
| 4407 | Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6mm. |
| Ex 4409.10.18 | Suelos, frisos y entablados de madera de coníferas. |
| Ex 4409.22.00 | Madera (incluidas las tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lengüetas, ranuras, rebajes, acanalados, biselados, con juntas en V, moldurados, redondeados o similares) en una o varias caras, cantos o extremos, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos. Distinta de la de coníferas. De maderas tropicales: Suelos, frisos y entablados de maderas tropicales. |
| 4409.29.91 | Tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar (excepto las de coníferas y las de bambú). |
| Ex 4409.29.99 | Suelos, frisos y entablados, de madera, distinta de coníferas y bambú. |
| 4410.11 | Tableros de partículas, de madera. |
| 4410.12 | Tableros llamados «oriented strand board» (OSB), de madera. |
| 4410.90 | Los demás tableros de partículas, OSB, y similares, de otras materias leñosas incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos. |
| 4411 | Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos. |
| Ex 4412 | Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar (excepto de bambú). |
| Ex. 4421.91.00 | Las demás manufacturas de maderas: escaleras portátiles. |
| Ex. 4421.99 | Las demás manufacturas de maderas: escaleras portátiles. |
| 4418.74 | Los demás tableros ensamblados para revestimiento de suelo en mosaico, de madera. |
| 4418.75 | Los demás tableros ensamblados para revestimiento de suelo multicapas, de madera. |
| 4418.79 | Los demás tableros ensamblados para revestimiento de suelo, de madera. |
| Ex 5607.50.90 | Cordeles, cuerdas y cordajes, de las demás fibras sintéticas: Cuerdas y absorbedores de energía para protección de caídas en altura. |
| Ex 5609.00.00 | Artículos de hilados, tiras o formas similares de las partidas 5404 o 5405, cordeles, cuerdas o cordajes, no expresados ni comprendidos en otra parte: Cuerdas y absorbedores de energía para protección de caídas en altura. |
| 5703 | Alfombras y demás revestimientos para el suelo de material textil, con mechón insertado, incluso confeccionados. |
| 5704 | Alfombras y demás revestimientos para el suelo de fieltro (excepto los de mechón insertado y los flocados), incluso confeccionados. |
| 5802 | Tejidos con bucles del tipo toalla (excepto los productos de la partida 5806); superficies textiles con mechón insertado (excepto los productos de la partida 5703). |
| 5811 | Productos textiles acolchados en pieza. |
| Ex. 6101 | Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para niños (incluidos los disfraces infantiles). |
| Ex. 6102 | Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Ex. 6103 | Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para niños (incluidos los disfraces infantiles). |
| Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para hombres o niños; Los que son de trabajo y; los que son equipos de protección individual tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6104 | Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas; Los que son de trabajo; y los que son equipos de protección individual tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6105 | Camisas de punto para niños (incluidos los disfraces infantiles). |
| Ex. 6106 | Camisas, blusas y blusas camiseras, de punto, para niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| 6107 | Calzoncillos, incluidos los largos y los slips, camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para hombres o niños. |
| 6108 | Combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), incluso las que no llegan hasta la cintura, camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas. |
| 6109 | T-Shirts y camisetas, de punto. |
| Ex. 6110 | Suéteres (jerseys), pulóveres, cardigan, chalecos y artículos similares, de punto, para niños y niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Ex. 6110.30.91 | Chalecos de fibras sintéticas o artificiales, incluidos los de alta visibilidad, para hombres y niños. |
| Ex. 6110.30.99 | Chalecos de fibras sintéticas o artificiales, incluidos los de alta visibilidad, para mujeres y niñas. |
| 6111 | Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto, para bebés. |
| Ex. 6112.11.00.00 | Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales). De algodón para niños y niñas. |
| Ex. 6112.12.00.00 | Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales). De fibras sintéticas para niños y niñas. |
| Ex. 6112.19.00.00 | Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales). De las demás materias textiles para niños y niñas. |
| 6112.20.00.00 | Monos (overoles) y conjuntos de esquí. |
| 6112.31 | Bañadores de punto, para hombres o niños, de fibras sintéticas. |
| 6112.39 | Bañadores de punto, para hombres o niños, de las demás materias textiles. |
| 6112.41 | Bañadores de punto, para mujeres o niñas, de fibras sintéticas. |
| 6112.49 | Bañadores de punto, para mujeres o niñas, de las demás materias textiles. |
| Ex. 6113 | Prendas de vestir confeccionadas con tejidos de punto de las partidas 5903, 5906 o 5907. Las que son de trabajo; y las que son equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. |
| Ex. 6114 | Las demás prendas de vestir, de punto. Las que son de trabajo; y las que son equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. |
| 6115 | Calzas, panty-medias, leotardos, medias, calcetines y demás artículos de calcetería, incluso de comprensión progresiva (por ejemplo: medias para varices), de punto. |
| 6116 | Guantes, mitones y manoplas, de punto. |
| Ex. 6201 | Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6203, para niños. |
| Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6203, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6203; Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6202 | Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6204, para niñas. |
| Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6204, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6203; Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6203 | Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para niños (incluidos los disfraces infantiles). |
| Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para hombres o niños. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6204 | Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para mujeres o niñas. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex 6205 | Camisas para niños (incluidos los disfraces infantiles). |
| Camisas para hombres o niños. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex 6206 | Camisas, blusas y blusas camiseras, para niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| 6207 | Camisetas, calzoncillos, incluidos los largos y los slips, camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para hombres o niños (excepto los de punto). |
| 6208 | Camisetas, combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), incluso las que no llegan a la cintura, camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para mujeres o niñas (excepto los de punto). |
| 6209 | Prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés (excepto los de punto). |
| Ex. 6210.20.00 | Las demás prendas de vestir de los tipos citados en la partida 6201 para niños (incluidos los disfraces infantiles). |
| Las demás prendas de vestir de los tipos citados en la partida 6201. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6210.30.00 | Las demás prendas de vestir de los tipos citados en la partida 6201 para niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Las demás prendas de vestir de los tipos citados en la partida 6201. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| Ex. 6211 | Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales), monos (overoles) y conjuntos de esquí y bañadores; las demás prendas de vestir para niños y niñas (incluidos los disfraces infantiles). |
| Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales), monos (overoles) y conjuntos de esquí y bañadores; las demás prendas de vestir. Los que son de trabajo; y los equipos de protección individual, tanto para uso profesional, como particular. | |
| 6212.10 | Sostenes (corpiños). |
| 6212.20 | Fajas y fajas braga (fajas bombacha). |
| 6212.30 | Fajas sostén (fajas corpiño). |
| 6216 | Guantes, mitones y manoplas (excepto los de punto). |
| 6301.10.00.00 | Mantas eléctricas. |
| 6302 | Ropa de cama, de mesa, de tocador o cocina. |
| Ex 6307.20.00 | Cinturones y chalecos salvavidas: Arneses, cinturones y equipos anticaídas. |
| Ex 6307.90 | Los demás artículos confeccionados: Mochilas portabebé. |
| 6307.90.93 | Mascarillas de protección facial. |
| 6401 | Calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico. |
| 6402 | Los demás calzados con suela y parte superior de caucho o plástico. |
| 6403 | Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. |
| 6404 | Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural, artificial o regenerado y parte superior de materia textil. |
| 6405 | Los demás calzados. |
| 6506.10 | Cascos de seguridad (incluidos los accesorios que se insertan en el casco de protección para ofrecer protección auditiva). |
| Ex. 7326.90.30.00 | Escaleras y escabeles: escaleras portátiles*. |
| Ex 7326.90.98 | Las demás manufacturas de hierro o acero: Conectores de acero para trabajos en altura (EPIS). |
| Las demás manufacturas de hierro o acero: Puertas y barreras de seguridad para niños. | |
| Ex 7616.99.90 | Las demás manufacturas de aluminio: Mosquetones. |
| Ex 8516.29.91.00 | Aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos, Con ventilador incorporado (calefactores, soplador calefactor). |
| Ex 8516 29 99.00 | Aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos, los demás. Calefactor radiante compuesto por una resistencia eléctrica. |
| Ex 8536.20.10.90 | Interruptores automáticos magnetotérmicos e Interruptores diferenciales. |
| Ex 8536.50.80 | Interruptores, seccionadores y conmutadores para uso doméstico o usos análogos. |
| Ex 8536.61.10 | Portalámparas Edison, excepto los destinados a cierto tipo de aeronaves, para uso doméstico o usos análogos. |
| Ex 8536.69.90 | Clavijas y tomas de corriente (enchufes), excepto los destinados a ciertos tipos de aeronaves, para uso doméstico o usos análogos. |
| Ex 8536.90.10 | Conexiones y elementos de contacto para hilos y cables. Exclusivamente las regletas de conexión para uso doméstico o usos análogos. |
| Ex 8544.42.90 | Los demás conductores eléctricos para una tensión inferior o igual a 1000 V, provistos de una clavija, un cable y una base de toma de corriente, para uso doméstico o usos análogos. |
| 8715.00.10.00 | Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños. |
| 8806.21.10.00 | Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue inferior o igual a 250 g, multirrotores, equipados con aparatos integrados permanentemente de la subpartida 8525 89 para la captura y grabación de imágenes fijas y de vídeo. |
| 8806.21.90.10 | Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue inferior o igual a 250 g, las demás. Civiles. |
| 8806.22.10.00 | Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue superior a 250 g pero inferior o igual a 7 kg, multirrotores, equipados con aparatos integrados permanentemente de la subpartida 8525 89 para la captura y grabación de imágenes fijas y de vídeo. |
| 8806.22.90.10 | Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue superior a 250 g pero inferior o igual a 7 kg, las demás. Civiles. |
| 8806.23.00.10 | Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue superior a 7 kg pero inferior o igual a 25 kg. Civiles. |
| 8806.91.00.10 | Aeronaves no tripuladas, las demás, con un peso máximo de despegue inferior o igual a 250 g. Civiles. |
| 8806.92.00.10 | Aeronaves no tripuladas, con un peso máximo de despegue superior a 250 g pero inferior o igual a 7 kg. Civiles. |
| 8806.93.00.10 | Aeronaves no tripuladas, las demás, con un peso máximo de despegue superior a 7 kg pero inferior o igual a 25 kg. Civiles. |
| Ex 8807.10.00.10 | Partes de los aparatos de las partidas 8806 -hélices y rotores, y sus partes. Destinados a aeronaves civiles. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg. |
| Ex 8807.10.00.20 | Partes de los aparatos de las partidas 8806 -hélices y rotores, y sus partes. Que se destinen a ser montados en aeronaves que sean beneficiarios de franquicia de derechos o que hayan sido construidos en la Comunidad. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg. |
| Ex 8807.30.00.10 |
Partes de los aparatos de las partidas 8806. Las demás partes de aviones, helicópteros o aeronaves no tripuladas. Destinados a aeronaves civiles. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg: – Motores; – Sistemas de identificación a distancia; – Kits de accesorios de la clase C5; – Equipos para controlar aeronaves no tripuladas de forma remota. |
| Ex 8807.30.00.20 |
Partes de los aparatos de las partidas 8806. Las demás partes de aviones, helicópteros o aeronaves no tripuladas. Que se destinen a ser montados en aeronaves que sean beneficiarios de franquicia de derechos o que hayan sido construidos en la Comunidad. Destinados a aeronaves civiles. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg: – Motores; – Sistemas de identificación a distancia; – Kits de accesorios de la clase C5; – Equipos para controlar aeronaves no tripuladas de forma remota. |
| 9004.10.91.00 | Gafas (anteojos) de sol con cristales de plástico |
| 9004.10.99.00 | Las demás gafas de sol |
| Ex 9004.90.10.00 | Gafas de protección con cristales de plástico y visores de protección. |
| 9020.00.10 | Máscaras antigás. |
| 9401.31 | Asientos giratorios de madera de altura ajustable. |
| 9401.39 | Los demás asientos giratorios de altura ajustable. |
| 9401.41 | Asientos transformables en cama de madera, excepto el material de acampar o de jardín. |
| 9401.49 | Los demás asientos transformables en cama, excepto el material de acampar o de jardín. |
| 9401.61 | Los demás asientos, con armazón de madera, con relleno, incluidas tronas y sillas altas para niños. |
| 9401.69 | Los demás asientos, con armazón de madera, sin relleno, incluidas las tronas y las sillas altas para niños. |
| 9401.71 | Los demás asientos con armazón de metal, con relleno, incluidas las tronas y sillas altas para niños. |
| 9401.79 | Los demás asientos con armazón de metal, sin relleno, incluidas las tronas y sillas altas para niños. |
| Ex. 9401.80 | Los demás asientos: tronas, sillas altas para niños y saltadores de bebé para puertas. |
| Ex 9403.10 | Muebles de metal de los tipos utilizados en las oficinas: Armarios, clasificadores, ficheros y mesas de trabajo. |
| Ex 9403.20.20 | Camas abatibles y literas, camas de camping, cunas de viaje, de metal (excepto las destinadas a aeronaves civiles). |
| Ex 9403.20.80 | Los demás muebles de metal: Cunas, moisés, cunas balancín y cambiadores para niños. |
| Ex 9403.30 | Muebles de madera de los tipos utilizados en las oficinas: Armarios, clasificadores, ficheros, y mesas de trabajo. |
| Ex 9403.50.00 | Muebles de madera de los tipos utilizados en los dormitorios: Cunas, moisés, cunas balancín, cambiadores para niños, literas y cómodas. |
| Ex 9403.60.90 | Torres de aprendizaje y parques infantiles. |
| Ex 9403.70.00 | Los demás muebles de plástico: Andador de bebé y escaleras portátiles. |
| Ex. 9403.82 | Los demás muebles de bambú y sus partes: Cunas, moisés, cunas balancín y cambiadores para niños. |
| Ex. 9403.83 | Los demás muebles de rotén (ratán) y sus partes: Cunas, moisés, cunas balancín y cambiadores para niños. |
| Ex. 9403.89 | Los demás muebles de otras materias y sus partes: Cunas, moisés, cunas balancín y cambiadores para niños. |
| Ex 9404.40.00 | Edredones de cuna, minicuna, capazo y maxicuna. |
| 9405.31 | Guirnaldas diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED), de los tipos utilizados en árboles de Navidad. |
| 9405.39 | Guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en árboles de Navidad. |
| Ex 9405.41.31 | Las demás guirnaldas eléctricas fotovoltaicas de plástico. |
| Ex 9405.41.39 | Las demás guirnaldas eléctricas fotovoltaicas que no sean de plástico. |
| Ex 9405.42.31 | Las demás guirnaldas diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED), de plástico. |
| Ex 9405.42.39 | Las demás guirnaldas diseñadas para ser utilizadas únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED), distintas de las de plástico. |
| Ex. 9405.49.40 | Las demás guirnaldas eléctricas, distintas de las de LED y de las fotovoltaicas. |
| 9503.00.10 | Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos. |
| Ex 9503.00.21.90 | Muñecas y muñecos, excepto artículos para coleccionistas adultos. |
| 9503.00.29 | Partes y accesorios de muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos. |
| Ex 9503.00.30 | Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios y modelos reducidos para ensamblar, incluso animados, excepto los modelos reducidos, construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos. |
| 9503.00.35 | Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción, de plástico. |
| 9503.00.39 | Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción, de las demás materias. |
| 9503.00.41 | Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos. |
| 9503.00.49 | Juguetes que representen animales o seres no humanos, los demás. |
| 9503.00.55 | Instrumentos y aparatos musicales, de juguete. |
| Ex 9503.00.61 | Rompecabezas de madera, excepto los que superen 500 piezas o sin modelo, destinados a los especialistas. |
| Ex 9503.00.69 | Rompecabezas, los demás, excepto los que superen 500 piezas o sin modelo, destinados a los especialistas. |
| 9503.00.70 | Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos o en panoplias. |
| Ex 9503.00.75.90 | Los demás juguetes y modelos, con motor, de plástico, excepto: los vehículos con motor de combustión, las máquinas de vapor de juguete y los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos. |
| Ex 9503.00.79 | Los demás juguetes y modelos con motor, de las demás materias, excepto: los vehículos con motor de combustión, las máquinas de vapor de juguete y los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos. |
| Ex 9503.00.81 | Armas de juguete, excepto los modelos reducidos construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos, así como las hondas y tirachinas. |
| Ex 9503.00.85 | Modelos en miniatura de metal, obtenidos por moldeo, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos. |
| Ex 9503.00.95 | Los demás, de plástico, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos. |
| Ex 9503.00.99 | Los demás, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos. |
| Ex 9506.70.30.00 | Patines de ruedas para niños. |
| Ex 9506.99.90.00 | Piscinas hinchables infantiles. |
| Protectores de espalda para motociclismo. | |
| 9613.10 | Encendedores de gas no recargables, de bolsillo. |
| 9613.20 | Encendedores de gas recargables, de bolsillo. |
| 9613.80 | Los demás encendedores y mecheros. |
Téngase en cuenta que esta última actualización que añade el intervalo de códigos y denominación producto: 9004.10.91.00 a 9613.80, ambos inclusive, por el art. único de la Orden PJC/161/2026, de 24 de febrero. BOE-A-2026-5061, entra en vigor el 4 de abril de 2026, según establece su disposición final única.
Se modifica por el art. único de la Orden PJC/161/2026, de 24 de febrero. BOE-A-2026-5061
Esta modificación entra en vigor el 4 de abril de 2026, según establece la disposición final única de la citada Orden.
Se modifica por la disposición final 1 del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio. BOE-A-2024-11377
Esta modificación entra en vigor el 5 de septiembre de 2024, según establece la disposición final 12.1.c) del citado Real Decreto.
Se modifica por el art. único de la Orden PRE/735/2010, de 17 de marzo. BOE-A-2010-4981.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-5061 | Leer | Qué cambió |
| 25 de junio de 2024 | BOE-A-2024-11377 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2010 | BOE-A-2010-4981 | Leer | Qué cambió |
| 12 de junio de 2008 | Texto original | Leer |


