Legislación › Real Decreto 330/2008, de 29 de febrero, por el que se adoptan medidas de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de junio de 2010 y la del 25 de junio de 2024.
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ANEXO I
Productos de importación procedentes de terceros países sometidos a control de seguridad previo a su despacho aduanero (Códigos Nomenclatura Combinada)
NC
·
Denominación producto
·
4403 10
·
Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada, tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación.
·
4407
·
Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6mm.
·
ex 4409 1018
·
Suelos, frisos y entablados de madera de coníferas.
·
4409 2991
·
Tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar (excepto las de coníferas y las de bambú).
·
ex 4409 2999
·
Suelos, frisos y entablados, de madera, distinta de coníferas y bambú.
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4410 11
·
Tableros de partículas, de madera.
·
4410 12
·
Tableros llamados «oriented strand board» (OSB), de madera.
·
4410 90
·
Los demás tableros de partículas, OSB, y similares, de otras materias leñosas incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos.
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4411
·
Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos.
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ex 4412
·
Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar (excepto de bambú).
·
4418 71
·
Tableros ensamblados para revestimiento de suelo en mosaico, de madera.
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4418 72
·
Tableros ensamblados para revestimiento de suelo multicapas, de madera.
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4418 79
·
Los demás tableros ensamblados para revestimiento de suelo, de madera.
·
5703
·
Alfombras y demás revestimientos para el suelo de material textil, con mechón insertado, incluso confeccionados.
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5704
·
Alfombras y demás revestimientos para el suelo de fieltro (excepto los de mechón insertado y los flocados), incluso confeccionados.
·
5802
·
Tejidos con bucles del tipo toalla (excepto los productos de la partida 5806); superficies textiles con mechón insertado (excepto los productos de la partida 5703).
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5811
·
Productos textiles acolchados en pieza.
·
5903.10
·
Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con policloruro de vinilo (excepto las de la partida 5902).
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5903.20
·
Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con poliuretano excepto las de la partida 5902).
·
5906
·
Telas cauchutadas (excepto las de la partida 5902).
·
6107
·
Calzoncillos, incluidos los largos y los slips, camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para hombres o niños.
·
6108
·
Combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), incluso las que no llegan hasta la cintura, camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas.
·
6109
·
T-Shirts y camisetas, de punto.
·
ex 61103091
·
Chalecos de fibras sintéticas o artificiales de alta visibilidad para hombres y niños.
·
ex 61103099
·
Chalecos de fibras sintéticas o artificiales de alta visibilidad para mujeres y niñas.
·
6111
·
Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto, para bebés.
·
6112.31
·
Bañadores de punto, para hombres o niños, de fibras sintéticas.
·
6112.39
·
Bañadores de punto, para hombres o niños, de las demás materias textiles.
·
6112.41
·
Bañadores de punto, para mujeres o niñas, de fibras sintéticas.
·
6112.49
·
Bañadores de punto, para mujeres o niñas, de las demás materias textiles.
·
6115
·
Calzas, panty-medias, leotardos, medias, calcetines y demás artículos de calcetería, incluso de comprensión progresiva (por ejemplo: medias para varices), de punto.
·
6116
·
Guantes, mitones y manoplas, de punto.
·
6201121010
·
Parkas de algodón, de peso por unidad inferior o igual a 1 kg.
·
6201131010
·
Parkas de fibras sintéticas o artificiales, de peso por unidad inferior o igual a 1 kg.
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6203.42.11
·
Ropa de trabajo: Pantalones largos y cortos (calzones), de algodón, para hombre.
·
6203.43.11
·
Ropa de trabajo: Pantalones largos y cortos (calzones), de fibras sintéticas, para hombre.
·
6204.62.11
·
Ropa de trabajo: Pantalones largos y cortos (calzones) de algodón, para mujer.
·
6204.63.11
·
Ropa de trabajo: Pantalones largos y cortos (calzones), de fibras sintéticas, para mujer.
·
6207
·
Camisetas, calzoncillos, incluidos los largos y los slips, camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para hombres o niños (excepto los de punto).
·
6208
·
Camisetas, combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), incluso las que no llegan a la cintura, camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para mujeres o niñas (excepto los de punto).
·
6209
·
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés (excepto los de punto).
·
6211.11
·
Bañadores para hombres o niños (excepto los de punto).
·
6211.12
·
Bañadores para mujeres o niñas (excepto los de punto).
·
6211 32 10
·
Prendas de trabajo para hombres o niños, de algodón.
·
6211 33 10
·
Prendas de trabajo para hombres o niños, de fibras sintéticas o artificiales.
·
ex 6211 39
·
Prendas de trabajo para hombres o niños, excepto las de algodón, sintéticas y artificiales.
·
ex 6211 41
·
Prendas de trabajo para mujeres o niñas, de lana o pelo fino.
·
6211 42 10
·
Delantales, batas y las demás prendas de trabajo de algodón.
·
6211 43 10
·
Delantales, batas y las demás prendas de trabajo de fibras sintéticas o artificiales.
·
ex6211 49 00
·
Prendas de trabajo para mujeres, excepto las de algodón, sintéticas y artificiales.
·
6212.10
·
Sostenes (corpiños).
·
6212.20
·
Fajas y fajas braga (fajas bombacha).
·
6212.30
·
Fajas sostén (fajas corpiño).
·
6216
·
Guantes, mitones y manoplas (excepto los de punto).
·
6302
·
Ropa de cama, de mesa, de tocador o cocina.
·
6401
·
Calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico.
·
6402
·
Los demás calzados con suela y parte superior de caucho o plástico.
·
6403
·
Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural.
·
6404
·
Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural, artificial o regenerado y parte superior de materia textil.
·
6405
·
Los demás calzados.
·
ex 85365080
·
Interruptores, seccionadores y conmutadores para uso doméstico.
·
ex 85366110
·
Portalámparas Edison, excepto los destinados a cierto tipo de aeronaves.
·
ex 85366990
·
Clavijas y tomas de corriente (enchufes), excepto los destinados a ciertos tipos de aeronaves, (exclusivamente los destinados al consumidor final).
·
ex 85369010
·
Conexiones y elementos de contacto para hilos y cables, (exclusivamente los destinados al consumidor final).
·
ex 85444290
·
Los demás conductores eléctricos para una tensión inferior o igual a 1000 V, provistos de una clavija, un cable y una base de toma de corriente.
·
8806.21.10.00
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue inferior o igual a 250 g, multirrotores, equipados con aparatos integrados permanentemente de la subpartida 8525 89 para la captura y grabación de imágenes fijas y de vídeo.
·
8806.21.90.10
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue inferior o igual a 250 g, las demás. Civiles.
·
8806.22.10.00
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue superior a 250 g pero inferior o igual a 7 kg, multirrotores, equipados con aparatos integrados permanentemente de la subpartida 8525 89 para la captura y grabación de imágenes fijas y de vídeo.
·
8806.22.90.10
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue superior a 250 g pero inferior o igual a 7 kg, las demás. Civiles.
·
8806.23.00.10
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, únicamente diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue superior a 7 kg pero inferior o igual a 25 kg. Civiles.
·
8806.91.00.10
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, con un peso máximo de despegue inferior o igual a 250 g. Civiles.
·
8806.92.00.10
·
Aeronaves no tripuladas, con un peso máximo de despegue superior a 250 g pero inferior o igual a 7 kg. Civiles
·
8806.93.00.10
·
Aeronaves no tripuladas, las demás, con un peso máximo de despegue superior a 7 kg pero inferior o igual a 25 kg. Civiles.
·
Ex 8807.10.00.10
·
Partes de los aparatos de las partidas 8806 -hélices y rotores, y sus partes. Destinados a aeronaves civiles. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg.
·
Ex 8807.10.00.20
·
Partes de los aparatos de las partidas 8806 -hélices y rotores, y sus partes. Que se destinen a ser montados en aeronaves que sean beneficiarios de franquicia de derechos o que hayan sido construidos en la Comunidad. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg.
·
Ex 8807.30.00.10
·
Partes de los aparatos de las partidas 8806. Las demás partes de aviones, helicópteros o aeronaves no tripuladas. Destinados a aeronaves civiles. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg:
∙ Motores;
∙ Sistemas de identificación a distancia;
∙ Kits de accesorios de la clase C5;
∙ Equipos para controlar aeronaves no tripuladas de forma remota.
·
Ex 8807.30.00.20
·
Partes de los aparatos de las partidas 8806. Las demás partes de aviones, helicópteros o aeronaves no tripuladas. Que se destinen a ser montados en aeronaves que sean beneficiarios de franquicia de derechos o que hayan sido construidos en la Comunidad. Destinados a aeronaves civiles. Los de las aeronaves no tripuladas, diseñadas para ser teledirigidas, con un peso máximo de despegue de hasta 25 kg:
∙ Motores;
∙ Sistemas de identificación a distancia;
∙ Kits de accesorios de la clase C5;
∙ Equipos para controlar aeronaves no tripuladas de forma remota.
·
940130
·
Asientos giratorios de altura ajustable.
·
940140
·
Asientos transformables en cama, excepto el material de acampar o de jardín.
·
940161
·
Los demás asientos, con armazón de madera, con relleno, incluidas tronas y sillas altas para niños.
·
940169
·
Los demás asientos, con armazón de madera, sin relleno, incluidas las tronas y las sillas altas para niños.
·
940171
·
Los demás asientos con armazón de metal, con relleno, incluidas las tronas y sillas altas para niños.
·
940179
·
Los demás asientos con armazón de metal, sin relleno, incluidas las tronas y sillas altas para niños.
·
940180
·
Los demás asientos, incluidas las tronas y sillas altas para niños.
·
ex 940310
·
Muebles de metal de los tipos utilizados en las oficinas: Armarios, clasificadores, ficheros y mesas de trabajo.
·
ex 94032020
·
Camas abatibles y literas, de metal (excepto las destinadas a aeronaves civiles).
·
ex 9403208090
·
Los demás muebles de metal: Cunas, moisés, cunas balancín y cambiadores para niños.
·
ex 940330
·
Muebles de madera de los tipos utilizados en las oficinas: Armarios, clasificadores, ficheros, y mesas de trabajo.
·
ex 94035000
·
Muebles de madera de los tipos utilizados en los dormitorios: Cunas, moisés, cunas balancín, cambiadores para niños y literas.
·
ex 940381
·
Muebles de bambú o roten (ratán): Cunas, moisés, cunas balancín y cambiadores para niños.
·
ex 940389
·
Muebles de otras materias excepto bambú o roten: Cunas, moisés y cunas balancín y cambiadores para niños.
·
94053000
·
Guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en árboles de Navidad.
·
95030010
·
Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos.
·
ex 95030021
·
Muñecas y muñecos, excepto folclóricos y decorativos y otros artículos similares para coleccionistas adultos.
·
95030029
·
Partes y accesorios.
·
ex 95030030
·
Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios y modelos reducidos para ensamblar, incluso animados, excepto los modelos reducidos, construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos.
·
95030035
·
Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción, de plástico.
·
95030039
·
Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción, de las demás materias.
·
95030041
·
Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos.
·
95030049
·
Juguetes que representen animales o seres no humanos, los demás.
·
95030055
·
Instrumentos y aparatos musicales, de juguete.
·
ex 95030061
·
Rompecabezas de madera, excepto los que superen 500 piezas o sin modelo, destinados a los especialistas.
·
ex 95030069
·
Rompecabezas, los demás, excepto los que superen 500 piezas o sin modelo, destinados a los especialistas.
·
95030070
·
Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos o en panoplias.
·
ex 95030075
·
Los demás juguetes y modelos con motor, de plástico, excepto los vehículos con motor de combustión y las máquinas de vapor de juguete, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos.
·
ex 95030079
·
Los demás juguetes y modelos con motor, de las demás materias, excepto los vehículos con motor de combustión y las máquinas de vapor de juguete, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos.
·
ex 95030081
·
Armas de juguete, excepto los modelos reducidos construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos, así como las hondas y tirachinas.
·
ex 95030085
·
Modelos en miniatura de metal, obtenidos por moldeo, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos.
·
ex 95030095
·
Los demás, de plástico, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos.
·
ex 95030099
·
Los demás, excepto los construidos detalladamente a escala para coleccionistas adultos.
·
ex 950670
·
Patines de ruedas para niños, destinados a ser utilizados como juguetes.
·
Téngase en cuenta que esta última actualización que añade el intervalo de códigos y denominación producto: 8806.21.10.00 a Ex 8807.30.00.20, ambos inclusive, por la disposición final 1 del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, BOE-A-2024-11377, entra en vigor el 5 de septiembre de 2024, según establece su disposición final 12.1.c).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-5061 | Leer | Qué cambió |
| 25 de junio de 2024 | BOE-A-2024-11377 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2010 | BOE-A-2010-4981 | Leer | Qué cambió |
| 12 de junio de 2008 | Texto original | Leer |


