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Legislación › Ley 1/2008, de 20 de febrero, de contratos de cultivo.

Artículo 14. Pacto de mejorar la tierra.

Artículo 14. Pacto de mejorar la tierra.

Las partes pueden pactar que la contraprestación del arrendatario o arrendataria consista, en todo o en parte, en la obligación de mejorar la finca arrendada, como por ejemplo efectuar la roturación de la tierra, artigarla, ponerla en cultivo y hacer explanaciones, construcciones u otras obras análogas.

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