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Legislación › Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.

Artículo 3. Procedimiento de contratación.

Artículo 3. Procedimiento de contratación.

La contratación de los bienes y servicios declarados de contratación centralizada será efectuada por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación mediante la celebración de acuerdos marco, la articulación de sistemas dinámicos de adquisición o la conclusión de contratos que se adjudicarán con arreglo a las normas procedimentales contenidas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

La concreción de la técnica o técnicas de centralización de la contratación aplicable a cada servicio o suministro, será determinado mediante resolución del titular de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.

Con relación a los contratos basados, la propuesta de adjudicación, independientemente de si requieren o no de una nueva licitación, se realizará por medios telemáticos a través de la aplicación CONECTA CENTRALIZACIÓN junto con la documentación requerida en cada caso. Con carácter preceptivo deberá adjuntarse la propuesta de adjudicación firmada por el organismo interesado u órgano gestor competente y diligenciado, en su caso, por el Interventor delegado en relación con la fiscalización del expediente.

Se modifica por el art. único.3 de la Orden HAP/2834/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2015-14268.

Se modifica por el art. único.2 de la Orden HAP/536/2014, de 3 de abril. BOE-A-2014-3674.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-14268 Leer Qué cambió
8 de abril de 2014 BOE-A-2014-3674 Leer Qué cambió
2 de mayo de 2008 Texto original Leer

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