Legislación › Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.
Artículo 3. Procedimiento de contratación.
Artículo 3. Procedimiento de contratación.
La contratación de los bienes y servicios declarados de contratación centralizada será efectuada por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación mediante la celebración de acuerdos marco, la articulación de sistemas dinámicos de adquisición o la conclusión de contratos que se adjudicarán con arreglo a las normas procedimentales contenidas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La concreción de la técnica o técnicas de centralización de la contratación aplicable a cada servicio o suministro, será determinado mediante resolución del titular de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
Con relación a los contratos basados, la propuesta de adjudicación, independientemente de si requieren o no de una nueva licitación, se realizará por medios telemáticos a través de la aplicación CONECTA CENTRALIZACIÓN junto con la documentación requerida en cada caso. Con carácter preceptivo deberá adjuntarse la propuesta de adjudicación firmada por el organismo interesado u órgano gestor competente y diligenciado, en su caso, por el Interventor delegado en relación con la fiscalización del expediente.
Se modifica por el art. único.3 de la Orden HAP/2834/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2015-14268.
Se modifica por el art. único.2 de la Orden HAP/536/2014, de 3 de abril. BOE-A-2014-3674.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-14268 | Leer | Qué cambió |
| 8 de abril de 2014 | BOE-A-2014-3674 | Leer | Qué cambió |
| 2 de mayo de 2008 | Texto original | Leer |


