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Legislación › Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.

Artículo 4. Autorizaciones de contratación al margen de los acuerdos marcos o sistemas dinámicos de contratación de la Central de Contratación del Estado.

Artículo 4. Autorizaciones de contratación al margen de los acuerdos marcos o sistemas dinámicos de contratación de la Central de Contratación del Estado.

Con carácter previo a la entrada en vigor del acuerdo marco o del sistema dinámico de contratación, la contratación de los servicios, suministros u obras declarados centralizados al margen de la Central de Contratación del Estado será realizada por el órgano competente conforme a las normas generales de competencia y procedimiento siempre que esos contratos no tengan una duración superior a un año, prorrogable por, como máximo, otro año. En todo caso, para poder acordar la prórroga será necesario el informe favorable de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.

Atendiendo a razones de eficiencia en la gestión y a solicitud del órgano de contratación afectado, la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación podrá autorizar la excepción a esta limitación temporal.

En los acuerdos marco o sistemas dinámicos de contratación vigentes, la contratación de los servicios o suministros incluidos en el ámbito objetivo del mismo al margen de la Central de Contratación del Estado sólo podrá ser realizada por el órgano competente conforme a las normas generales de competencia y procedimiento, previo informe favorable de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación. Este informe favorable se emitirá cuando se acredite que los bienes adjudicados o el régimen de prestación de los servicios establecido no reúnen las características indispensables para satisfacer las concretas necesidades del organismo peticionario.

Se modifica por el art. único.4 de la Orden HAP/2834/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2015-14268.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-14268 Leer Qué cambió
2 de mayo de 2008 Texto original Leer

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