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Legislación › Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria.

Artículo 43. Delimitación del ámbito temporal para efectuar las inversiones.

Artículo 43. Delimitación del ámbito temporal para efectuar las inversiones.

Se entenderán realizadas dentro del plazo previsto para realizar las inversiones en el artículo 31.2.d) de la Ley 19/1994, de 6 de julio, las efectuadas una vez presentada la solicitud de la entidad para su inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria y durante el plazo de dos años a contar desde el día siguiente al de la notificación de la inscripción en dicho Registro.

Se modifica por el art. único.13 del Real Decreto 1022/2015, de 13 de noviembre. BOE-A-2015-12400.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de noviembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-12400 Leer Qué cambió
17 de enero de 2008 Texto original Leer

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