Legislación › Ley 4/2008, de 24 de abril, del Libro Tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
Disposición transitoria cuarta. Funciones del protectorado.
Disposición transitoria cuarta. Funciones del protectorado.
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria única.b) de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-472.
Se modifica la letra b) por el art. 16 de la Ley autonómica 7/2012, de 15 de junio. BOE-A-2012-9059.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-472 | Leer | Qué cambió |
| 9 de julio de 2012 | BOE-A-2012-9059 | Leer | Qué cambió |
| 8 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |
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