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Legislación › Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

Artículo 19. Clases de asientos.

Artículo 19. Clases de asientos.

En los libros de Registro se practicarán los siguientes asientos:

a) Asiento de presentación

b) Inscripciones

c) Anotaciones preventivas

d) Cancelaciones

e) Notas marginales

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