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Legislación › Real Decreto 1011/2009, de 19 de junio, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador.

Artículo 1. Naturaleza.

Artículo 1. Naturaleza.

La Oficina de Cambios de Suministrador es una sociedad mercantil anónima cuyo objeto social exclusivo es la supervisión de los cambios de suministrador conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia.

La Oficina de Cambios de Suministrador realiza sus funciones simultáneamente en los sectores del gas natural y de la electricidad.

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