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Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda.
En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 27 de junio de 2009 · Último cambio el 31 de agosto de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Modificación de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. 2 redacciones · cambió el 31/08/2017
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 2. Subvenciones por rehabilitación de vivienda.
- Artículo 3. Subvención extraordinaria para la reforma interior de viviendas.
- Sección 2
- Artículo 4. Subvención por rehabilitación con eficiencia energética.
- Artículo 5. Rehabilitación de la envolvente térmica en edificios de viviendas.
- Artículo 6. Subvención por obtención de calificación energética en la promoción de viviendas protegidas.
- Artículo 7. Subvención por instalación de domótica.
- Sección 3
- Artículo 8. Ayudas al mantenimiento del arrendamiento.
- Artículos 2 al 8.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Calificación de las viviendas libres como protegidas y modificación del tipo de vivienda protegida. 2 redacciones · cambió el 07/10/2011
- Artículo 10. Vivienda libre de precio limitado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Modificación del destino de las viviendas protegidas.
- Artículo 12. Excepciones al cumplimiento de determinados requisitos mínimos de acceso a vivienda protegida.
- Artículo 13. Alquiler de habitación de vivienda protegida y/o de sus anejos.
- Artículo 14. Cláusulas de penalización por renuncia a los contratos de adjudicación o compraventa de viviendas protegidas.
- Artículo 15. Aval a exigir en promociones para arrendamiento.
- Artículo 16. Cambio de régimen en las promociones destinadas al arrendamiento
- Artículo 17. Reconocimiento, a efectos de puntuación en el baremo, de la antigüedad de la cuenta vivienda.
- TÍTULO III
- Artículo 18. Deducción por inversión en vivienda habitual para adquisición de viviendas de precio libre limitado.
- Artículo 19. Ampliación del plazo de reinversión en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual durante 2008 y siempre que esa transmisión se haya realizado con posterioridad a que se hayan satisfecho cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual.
- Artículo 20. Cantidades depositadas en cuentas vivienda que no han sido destinadas a la adquisición de la vivienda habitual por haberse producido la resolución del contrato con el vendedor o promotor de la vivienda.
- Artículo 21. Ampliación del plazo de cuenta vivienda.
- Artículo 22. Deducción por inversión en vivienda habitual para adquisición de viviendas protegidas calificadas como de protección oficial o de precio tasado.
- Artículo 23. Modificación de la disposición adicional vigésima octava del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio.
- TÍTULO IV
- Artículo 24. Viviendas de Navarra S.A. (VINSA).
- Disposición adicional primera. Modificaciones de Planes tramitadas tras la entrada en vigor de la presente Ley Foral.
- Disposición adicional segunda. Interés de demora.
- Disposición adicional tercera. Viviendas acogidas al régimen de rehabilitación protegida. 2 redacciones · cambió el 07/10/2011
- Disposición adicional cuarta. Ayudas de rehabilitación en la zona pirenaica.
- Disposición transitoria primera. Requisitos a cumplir por las modificaciones de planeamiento que supongan incremento de la edificabilidad.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia temporal de determinadas ayudas. 2 redacciones · cambió el 07/10/2011
- Disposición transitoria tercera. Planeamiento en tramitación a la entrada en vigor de esta Ley Foral.
- Disposición final primera. Habilitación al Gobierno de Navarra.
- Firma


