Legislación › Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
Disposición final tercera. Competencias de ejecución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de octubre de 2009 y la del 22 de febrero de 2014.
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Disposición final tercera. Competencias de ejecución.
Se faculta al Director General de la Marina Mercante a dictar las resoluciones que puedan resultar necesarias para la ejecución y cumplimiento de este real decreto.
En concreto se faculta al Director General de la Marina Mercante para adecuar los períodos de prácticas de navegación a las disposiciones derivadas de las enmiendas al convenio STCW y en particular de la Conferencia de Manila.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de febrero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-1868 | Leer | Qué cambió |
| 2 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |
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