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Legislación › Ley 5/2009, de 4 de junio, del ruido de Castilla y León.

Disposición transitoria cuarta. Acondicionamiento acústico de aulas.

Disposición transitoria cuarta. Acondicionamiento acústico de aulas.

El acondicionamiento acústico de aulas deberá adaptarse a lo estipulado en la presente ley en un plazo máximo de tres años a partir de su entrada en vigor.

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