Legislación › Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.
Artículo 135. Infracciones graves.
Artículo 135. Infracciones graves.
Son infracciones graves de las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones las siguientes:
a) Reincidir en la comisión de infracciones leves.
b) Falsear datos a la Administración.
c) No comunicar a la Administración los cambios o las alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.
d) Producir daños a las instalaciones del centro.
e) Alterar gravemente la convivencia del centro.


