LexTotal

Legislación › Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.

Artículo 136. Infracciones muy graves.

Artículo 136. Infracciones muy graves.

Son infracciones muy graves de las personas usuarias o beneficiarias de prestaciones las siguientes:

a) Reincidir en la comisión de infracciones graves.

b) Falsear datos a la Administración si la falsedad ha sido determinante para acceder a la prestación.

c) Tener un comportamiento incívico o agresivo, de una manera continuada, que suponga un riesgo para el resto de las personas usuarias y para el personal y que haga inviable la convivencia en el centro.

d) Incumplir los pactos del contrato asistencial.

e) No destinar la prestación a la finalidad para la que se ha concedido.

← Artículo 135 Índice Artículo 137 →