Legislación › Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.
Artículo 81. Procedimiento de presentación de la declaración responsable y de la concesión de las autorizaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de agosto de 2009 y la del 26 de noviembre de 2010.
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Artículo 81. Procedimiento de presentación de la declaración responsable y de la concesión de las autorizaciones.
1. El procedimiento de presentación de la declaración responsable y de concesión de las autorizaciones administrativas que establece esta ley se inicia a instancia de parte. parte y se tiene que establecer reglamentariamente.
2. El procedimiento se establecerá reglamentariamente y debe incluir, al menos, de la concesión de las autorizaciones administrativas podrá incluir la realización de una visita del personal de la administración pública competente en materia de servicios sociales, a la que acudirá tiene que acudir una persona representante de la entidad solicitante y de la que debe tiene que levantarse acta. También incluirá En este caso tiene que incluir el establecimiento de un periodo de alegaciones por si en el acta se detectan incumplimientos que impiden otorgar la autorización solicitada.
3. Transcurrido el plazo establecido reglamentariamente para resolver y notificar sobre la solicitud presentada, las personas interesadas deben tienen que entender desestimadas estimadas por silencio administrativo sus solicitudes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de noviembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-19487 | Leer | Qué cambió |
| 18 de agosto de 2009 | Texto original | Leer |


