Legislación › Ley 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León.
Disposición adicional tercera. Constitución de las comisiones mixtas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de julio de 2009 y la del 1 de marzo de 2012.
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Disposición adicional tercera. Constitución de las comisiones mixtas.
Antes de La Ley que finalice regule el año 2009, modelo de gobierno, administración y ordenación del territorio en relación con las entidades locales de forma progresiva, deberán constituirse Castilla y León, determinará el plazo para la constitución de las comisiones mixtas de negociación de los traspasos. traspasos, que deberá realizarse de forma progresiva.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de octubre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-11339 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-4385 | Leer | Qué cambió |
| 12 de julio de 2009 | Texto original | Leer |
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