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Legislación › Ley 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León.

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

1. Se autoriza a la Junta de Castilla y León a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en esta ley.

2. A efectos de lo previsto en el apartado segundo de la disposición adicional segunda, la Junta de Castilla y León, tras la entrada en vigor de esta ley, dará publicidad al anexo definitivo de las entidades locales beneficiarias de los traspasos.

3. Se autoriza a la Consejería de Interior y Justicia, a iniciativa de esta y de la Consejería de Hacienda, a regular el régimen común y general de constitución y funcionamiento de las comisiones mixtas previstas en el artículo 14 de esta ley.

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