Legislación › Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón.
Artículo 53. Organización.
Artículo 53. Organización.
1. El Instituto Geográfico de Aragón proporciona la asistencia técnica necesaria y la metodología para la obtención, el archivo, el intercambio y la difusión de la información con trascendencia territorial.
2. Reglamentariamente, se establecerá el régimen de funcionamiento, intercambio y utilización del Sistema de Información Territorial de Aragón.
Se modifica por el art. único.6 de la Ley 8/2014, de 23 de octubre. BOE-A-2014-11993.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11993 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2009 | Texto original | Leer |


