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Legislación › Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón.

Artículo 53. Organización.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2009 y la del 20 de noviembre de 2014. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (41 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 53. Planes y Proyectos de Interés General de Aragón. Organización.
1. El Departamento o Departamentos competentes en la tramitación Instituto Geográfico de los Planes Aragón proporciona la asistencia técnica necesaria y Proyectos de Interés General la metodología para la obtención, el archivo, el intercambio y la difusión de Aragón deberán recabar informe territorial al Consejo la información con trascendencia territorial.
2. Reglamentariamente, se establecerá el régimen
de Ordenación funcionamiento, intercambio y utilización del Territorio Sistema de Información Territorial de Aragón.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de noviembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-11993 Leer Qué cambió
1 de julio de 2009 Texto original Leer

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