Legislación › Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón.
Disposición adicional tercera. Evaluación de impacto ambiental.
Disposición adicional tercera. Evaluación de impacto ambiental.
Los instrumentos de ordenación territorial contemplados en esta Ley podrán determinar qué proyectos o actividades de los incluidos en el anexo III de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, deben ser sometidos en todo caso al procedimiento de evaluación de impacto ambiental por razón de su previsible impacto territorial.
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