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Legislación › Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación.

Artículo 166. Cooperación con otras administraciones educativas.

Artículo 166. Cooperación con otras administraciones educativas.

El Departamento debe mantener relaciones de cooperación con otras administraciones educativas a fin de establecer criterios y procedimientos para garantizar la efectividad del principio de igualdad en el acceso al sistema educativo y mejorar su calidad.

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