Legislación › Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación.
Artículo 166. Cooperación con otras administraciones educativas.
Artículo 166. Cooperación con otras administraciones educativas.
El Departamento debe mantener relaciones de cooperación con otras administraciones educativas a fin de establecer criterios y procedimientos para garantizar la efectividad del principio de igualdad en el acceso al sistema educativo y mejorar su calidad.


