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Legislación › Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.

Artículo 15 quáter. Escala autonómica.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de octubre de 2012 y la del 1 de enero de 2016. Tachado: lo que se quitó (104 palabras). Subrayado: lo que se añadió (35 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15 quáter. Escala autonómica.
Con efectos desde el día 1 de enero de 2012, 2016, la escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a que se refiere el artículo 74 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en redacción dada por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, general será la siguiente:
Base liquidable
–
Hasta euros
·
Cuota íntegra
–
Euros
·
Resto base liquidable
–
Hasta euros
·
Tipo aplicable
–
Porcentaje
·
0,00
·
0,00
·
17.707,20 12.450,00
·
12 10,00
·
17.707,20 12.450,00
·
2.124,86 1.245,00
·
15.300,00 7.750,00
·
14 12,00
·
33.007,20 20.200,00
·
4.266,86 2.175,00
·
20.400,00 7.800,00
·
18,50 15,00
·
53.407,20 28.000,00
·
8.040,86 3.345,00
·
6.592,80 7.200,00
·
21,50 16,50
·
35.200,00
·
4.533,00
·
14.800,00
·
19,00
·
50.000,00
·
7.345,00
·
10.000,00
·
19,50
·
60.000,00
·
9.458,31 9.295,00
·
60.000,00
·
23,50
·
120.000,00
·
23.558,31 23.395,00
·
En en adelante
·
25,50
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-360 Leer Qué cambió
2 de octubre de 2012 BOE-A-2012-13126 Leer Qué cambió
23 de junio de 2012 BOE-A-2012-90006 Leer

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