Legislación › Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
Artículo 52. Permanencia en actividad.
Artículo 52. Permanencia en actividad.
(Suprimido)
Se suprime por la disposición final 1.7 del Real Decreto 1035/2017, de 15 de diciembre. BOE-A-2017-14861
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2017-14861 | Leer | Qué cambió |
| 11 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


