Legislación › Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
Disposición adicional primera. Edad del buque.
Disposición adicional primera. Edad del buque.
(Derogada).
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-14283.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-14283 | Leer | Qué cambió |
| 11 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


