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Legislación › Real Decreto 1515/2009, de 2 de octubre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.

Artículo 28. Régimen sancionador.

Artículo 28. Régimen sancionador.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento (CE) 504/2008 de la Comisión, de 6 de junio de 2008, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pueden concurrir.

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