LexTotal

Legislación › Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia.

Artículo 39. Quórum de las sesiones.

Artículo 39. Quórum de las sesiones.

En los casos de elecciones, o cuando la materia fuera grave a juicio del Director, no se celebrará Junta sin que preceda aviso ante díem a los académicos de número, ni se resolverá sin la concurrencia de la mitad más uno de los convocados. Para celebrar Junta ordinaria el quórum requerido será de un tercio de los académicos de número.

← Artículo 38 Índice Artículo 40 →