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Legislación › Ley 1/2009, de 12 de febrero, de la Autoridad Catalana de la Competencia.

Disposición adicional primera. Régimen de adscripción del personal.

Disposición adicional primera. Régimen de adscripción del personal.

El personal que en el momento de la entrada en vigor de la presente ley presta servicios al Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia y a la Dirección General de Defensa de la Competencia queda adscrito a la Autoridad Catalana de la Competencia en los términos que se determinen en la relación de puestos de trabajo que se apruebe a tal efecto.

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