Legislación › Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia.
Artículo 30. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones.
Artículo 30. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones.
1. El otorgamiento de las autorizaciones y concesiones corresponde a la consejería competente en materia de marisqueo, previo el informe sobre la ocupación del dominio público marítimo o marítimo-terrestre previsto en la legislación de costas.
2. La resolución que disponga el otorgamiento de la autorización o concesión de actividad expresará quien ostente su titularidad, el tipo de establecimiento, las especies autorizadas, la zona, la duración, las causas de extinción del título habilitante y las condiciones técnicas y administrativas en que se autoriza la actividad.


