Legislación › Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia.
Artículo 77. Modernización y reconversión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de diciembre de 2009 y la del 15 de diciembre de 2009.
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Artículo 77. Modernización y reconversión.
Corresponde a la consejería competente en materia 1. A efectos de pesca la autorización de las obras de presente ley, se entiende por modernización y reconversión de los buques de pesca con puerto base en Galicia y en las condiciones pesqueros aquellas actividades que reglamentariamente se determinen conforme a la normativa vigente. tienen como finalidad la modificación de las condiciones técnicas de los
Estas obras tendránbuques, en mismos a fin de adaptarlos a la procura normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, mejorar las condiciones de seguridad, habitabilidad, higiene a bordo, perfeccionamiento racionalizar las operaciones de pesca y perfeccionar los procesos de extracción, transformación, manipulación y conservación de los productos a bordo, y en particular las siguientes:
a) Las obras que impliquen variación de las dimensiones de la actividad pesquera embarcación o marisquera, habida cuenta, especialmente cambio de material en las medidas su casco.
b) Los cambios del motor propulsor.
c) Las obras que impliquen variación de fomento, la capacidad de lo señalado en almacenamiento, conservación y transformación a bordo de los productos de la pesca, el artículo 74º.3 marisqueo o la acuicultura.
d) La incorporación de instalaciones y equipos que modifiquen la presente ley. capacidad extractiva.
e) Las obras y mejoras en la embarcación dirigidas al cambio de la modalidad de pesca.
f) Las obras y equipamientos destinados al incremento y mejora de las condiciones de seguridad y navegabilidad.
2. Corresponde a la consejería competente en materia de pesca la autorización de las obras de modernización y reconversión de los buques de pesca con puerto base en Galicia y en las condiciones que reglamentariamente se determinen conforme a la normativa vigente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2010-1706 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2009 | Texto original | Leer |


