Legislación › Ley 4/2009, de 28 de mayo, de publicidad institucional de Castilla y León.
Artículo 12. Planificación.
Artículo 12. Planificación.
1. La Comisión de Secretarios Generales, con carácter anual, elaborará un plan de publicidad institucional que recogerá las previsiones de actuación en materia de publicidad institucional de la Administración de la comunidad autónoma y sus entes adscritos.
2. El plan anual de publicidad institucional será aprobado por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejería con competencias en política informativa.
3. El plan se someterá a los principios de transparencia activa, su contenido será publicado en el Portal de Transparencia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Igualmente, se someterá a los principios de publicidad previstos en la normativa de transparencia los contratos suscritos en este ámbito.
Se modifica por el art. único.13 de la Ley 1/2025, de 3 de julio. BOE-A-2025-15048
Se modifica por el art. 18.3 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. BOE-A-2014-9959
Se modifica por la disposición final 23 de la Ley 1/2012, de 28 de febrero. BOE-A-2012-4385
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-15048 | Leer | Qué cambió |
| 20 de septiembre de 2014 | BOE-A-2014-9959 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-4385 | Leer | Qué cambió |
| 30 de mayo de 2009 | Texto original | Leer |


