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Legislación › Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros.

Disposición transitoria cuarta. Adaptación de nuevos órganos de gobierno.

Disposición transitoria cuarta. Adaptación de nuevos órganos de gobierno.

La adaptación de la Asamblea General y de los demás órganos de las cajas a las normas contenidas en este real decreto-ley se realizará dentro de los dos meses siguientes al de la aprobación de los Estatutos y Reglamentos de las Cajas de Ahorros, sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria sexta.

Se modifica por la disposición transitoria 4.1 de la Ley 36/2010, de 22 de octubre. BOE-A-2010-16131

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2010 En vigor BOE-A-2010-16131 Leer Qué cambió
14 de julio de 2010 Texto original Leer

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