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Legislación › Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros.

Disposición transitoria quinta. Continuidad de actuales órganos de gobierno.

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Disposición transitoria quinta. Continuidad de actuales órganos de gobierno.
En tanto no se haya producido la constitución adaptación de la nueva Asamblea general conforme a lo previsto en el presente Real Decreto-Ley real decreto-ley y sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria sexta, el gobierno, representación y administración de las cajas Cajas de ahorros Ahorros seguirán atribuidos a sus actuales órganos de gobierno, gobierno en su composición actual, quienes, en consecuencia, adoptarán los acuerdos necesarios para la debida ejecución y cumplimiento de las normas contenidas en el presente Real Decreto-Ley. real decreto-ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2010 En vigor BOE-A-2010-16131 Leer Qué cambió
14 de julio de 2010 Texto original Leer

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