Legislación › Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros.
Disposición transitoria quinta. Continuidad de actuales órganos de gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de julio de 2010 y la del 24 de octubre de 2010.
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Disposición transitoria quinta. Continuidad de actuales órganos de gobierno.
En tanto no se haya producido la constitución adaptación de la nueva Asamblea general conforme a lo previsto en el presente Real Decreto-Ley real decreto-ley y sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria sexta, el gobierno, representación y administración de las cajas Cajas de ahorros Ahorros seguirán atribuidos a sus actuales órganos de gobierno, gobierno en su composición actual, quienes, en consecuencia, adoptarán los acuerdos necesarios para la debida ejecución y cumplimiento de las normas contenidas en el presente Real Decreto-Ley. real decreto-ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de octubre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-16131 | Leer | Qué cambió |
| 14 de julio de 2010 | Texto original | Leer |
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