Legislación › Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
Artículo 122-3. Bienes y servicios de alimentación.
Artículo 122-3. Bienes y servicios de alimentación.
Los bienes y servicios relacionados con la alimentación deben cumplir los requisitos exigibles en materia de producción, elaboración, manipulación, conservación, comercialización, transporte e información a la persona consumidora.


