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Legislación › Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.

Artículo 252-7. Servicios de naturaleza mixta.

Artículo 252-7. Servicios de naturaleza mixta.

Si un mismo servicio tiene características de más de uno de los tipos establecidos por la presente ley, deben aplicarse las obligaciones y los requisitos determinados para cada uno de los servicios que forman parte de él, siempre y cuando sean compatibles entre ellos.

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