Legislación › Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
Artículo 342-1. Competencia de la Administración.
Artículo 342-1. Competencia de la Administración.
Las administraciones competentes en materia de consumo pueden imponer multas coercitivas una vez hecho el requerimiento de ejecución de los actos y de las resoluciones administrativas destinadas al cumplimiento de lo establecido por la presente ley y las demás disposiciones relativas a la disciplina del mercado y a la defensa de los intereses de las personas consumidoras.


