Legislación › Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación y aplicación de la legislación más favorable.
Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación y aplicación de la legislación más favorable.
1. Los preceptos de la presente ley no son de aplicación a los expedientes incoados antes de su entrada en vigor, sin perjuicio de su retroactividad si son más favorables para el presunto infractor o infractora.
2. La presente ley, en cuanto a las infracciones, se aplica solo a las cometidas a partir de su entrada en vigor.
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