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Legislación › Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Disposición adicional novena. Entidad pública prestadora de servicios de certificación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de noviembre de 2010 y la del 31 de diciembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (50 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional novena. Entidad pública prestadora de servicios de certificación.
1. La Agencia Catalana de Certificación es la entidad pública prestadora de servicios de certificación en el ámbito de la Administración de la Generalidad.
2. La Agencia Catalana de Certificación puede prestar sus servicios a todas las administraciones públicas de Cataluña, así como a las entidades dependientes, públicas o privadas.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-547 Leer Qué cambió
5 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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