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Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 21 de agosto de 2010 · Último cambio el 25 de marzo de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Finalidades
- Artículo 3. Ámbito de aplicación
- Artículo 4. Potestades y competencias
- Artículo 5. Régimen lingüístico
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Titularidad y ejercicio de la competencia.
- Artículo 7. Dirección y supervisión.
- Artículo 8. Delegación de competencias.
- Artículo 9. Avocación.
- Artículo 10. Encargo de gestión. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 11. Autorización de firma.
- Artículo 12. Decisiones sobre la competencia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Régimen jurídico.
- Artículo 14. Composición.
- Artículo 15. Funciones del presidente o presidenta y del secretario o secretaria.
- Artículo 16. Nombramiento y sustitución del presidente o presidenta y del secretario o secretaria.
- Artículo 17. Régimen de las convocatorias y constitución del órgano colegiado.
- Artículo 18. Desarrollo de las sesiones y de las deliberaciones.
- Artículo 19. Adopción de acuerdos y régimen de votaciones.
- Artículo 20. Actos de las sesiones.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 21. Derecho a la no-discriminación y a una atención adecuada. 2 redacciones · cambió el 14/11/2025
- Artículo 22. Derecho a una buena administración. 2 redacciones · cambió el 14/11/2025
- Artículo 22 bis. Principio de confianza y derecho de las personas a rectificar los errores frente a la Administración.
- Artículo 22 ter. Derecho de las personas a no ser perjudicadas por un error administrativo en las prestaciones destinadas a garantizar las necesidades esenciales de subsistencia.
- Artículo 23. Derecho a servicios públicos de calidad. 2 redacciones · cambió el 24/07/2015
- Artículo 24. Derecho al uso de los medios electrónicos.
- Artículo 25. Derecho a la presentación de solicitudes, comunicaciones y demás documentos.
- Artículo 26. Derecho de acceso a los expedientes administrativos.
- Artículo 26 bis. Derecho de acceso y utilización de datos y documentos propios.
- Artículo 27. Derecho de acceso a archivos y registros. 2 redacciones · cambió el 31/12/2014
- Artículo 28. Derecho a una información veraz y de calidad. 2 redacciones · cambió el 31/12/2014
- Artículo 29. Garantía de los derechos.
- Artículo 30. Deberes de los ciudadanos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 31. Principios generales. 2 redacciones · cambió el 14/11/2025
- Artículo 32. Principios de actuación con medios electrónicos.
- Artículo 33. Principio de intervención mínima.
- CAPÍTULO III
- Artículo 34. Simplificación administrativa.
- Artículo 35. Declaración responsable.
- Artículo 36. Comunicación previa.
- Artículo 37. Modelos actualizados de declaración responsable y comunicación previa.
- Artículo 38. Inexactitud, falsedad u omisión en los datos aportados en la declaración responsable y en la comunicación previa.
- Artículo 39. Inscripciones de oficio.
- Artículo 40. Ventanilla única.
- Artículo 40 bis. Servicios proactivos y personalizados.
- Artículo 40 ter. Comunicación de información sobre servicios proactivos y personalizados.
- Artículo 40 quater. Intercambio y uso compartido de datos en el ámbito de la Administración de la Generalitat y su sector público.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 41. Los registros administrativos.
- Artículo 42. Interconexión y colaboración entre registros.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 43. Tramitación electrónica del procedimiento administrativo 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 44. Actuación administrativa automatizada.
- Artículo 45. Sistemas de firma electrónica. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 46. Expediente administrativo.
- Artículo 47. Certificados administrativos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 48. Iniciación.
- Artículo 49. Contenido de la solicitud.
- Artículo 50. Funciones del instructor o instructora.
- Artículo 50 bis. Informes.
- Artículo 51. Audiencia a las personas interesadas.
- Artículo 52. Información pública.
- CAPÍTULO III
- Artículo 53. Obligación de resolver.
- Artículo 54. Silencio administrativo en los procedimientos iniciados a solicitud de una persona interesada.
- Artículo 55. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 56. Práctica de la notificación.
- Artículo 57. Requisitos técnicos del medio electrónico al efecto de la notificación.
- Artículo 58. Publicación de los actos administrativos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 59. Ámbito.
- Artículo 60. Concepto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 61. Iniciación. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 62. Tramitación.
- Artículo 63. Expediente.
- Artículo 64. Memorias.
- Artículo 65. Informes jurídicos.
- Artículo 66. Consulta interdepartamental. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 66 bis. Participación de los ciudadanos en la elaboración de disposiciones reglamentarias
- Artículo 67. Audiencia. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 68. Información pública.
- Artículo 69. Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.
- Artículo 70. Intervención de las entidades que integran la Administración local.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 71. Órganos competentes para la revisión de disposiciones y actos nulos.
- Artículo 72. Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.
- Artículo 73. Órganos competentes para la declaración de lesividad de actos anulables.
- Artículo 74. Órganos competentes para la revocación de actos y la rectificación de errores.
- CAPÍTULO II
- Artículo 75. Fin de la vía administrativa.
- Artículo 76. Recurso de alzada.
- Artículo 77. Recurso potestativo de reposición.
- Artículo 78. Recurso extraordinario de revisión.
- Artículo 79. Sustitución de los recursos administrativos.
- Artículo 80. Reclamación previa a la vía judicial civil y laboral.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 81. Principios generales.
- Artículo 82. Indemnización.
- Artículo 83. Órganos competentes.
- CAPÍTULO II
- Artículo 84. Procedimientos de responsabilidad patrimonial.
- Artículo 85. Audiencia.
- Artículo 86. Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.
- Artículo 87. Procedimiento abreviado.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 88. Finalidad.
- Artículo 89. Ejercicio
- Artículo 90. Valor probatorio.
- CAPÍTULO II
- Artículo 91. Entidades colaboradoras.
- Artículo 92. Sistema de habilitación.
- Artículo 93. Registro de entidades colaboradoras.
- Artículo 94. Obligaciones de las entidades colaboradoras.
- Artículo 95. Actos, informes y certificaciones.
- Artículo 96. Supervisión administrativa.
- Artículo 97. Suspensión y retirada de la habilitación.
- Artículo 98. Suspensión y pérdida de la habilitación.
- Artículo 99. Régimen sancionador.
- Artículo 100. Infracciones y sanciones. 2 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Artículo 101. Medida cautelar.
- TÍTULO VIII
- Artículo 102. Principios de la potestad sancionadora.
- Artículo 103. Órganos competentes.
- Artículo 104. Procedimiento sancionador.
- Artículo 105. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 106. Resolución.
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 107. Principios que rigen las relaciones interadministrativas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 108. Características generales.
- Artículo 109. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 110. Contenido. 3 redacciones · cambió el 24/07/2015
- Artículo 111. Procedimiento y expediente.
- Artículo 112. Eficacia y publicidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 113. Carácter.
- Artículo 114. Naturaleza y contenido de los estatutos.
- Artículo 115. Procedimiento y expediente.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 116. Delegaciones y encargos de gestión.
- Artículo 117. Participación en órganos de cooperación.
- Disposición adicional primera. Régimen de las corporaciones de derecho público.
- Disposición adicional segunda. Órganos colegiados de gobierno.
- Disposición adicional tercera. Consorcios legales del régimen especial de Barcelona.
- Disposición adicional cuarta. Convenios y acuerdos con el Estado y las comunidades autónomas y acuerdos para la acción exterior.
- Disposición adicional quinta. Convenios con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado.
- Disposición adicional sexta. Firma electrónica para los órganos y el personal de las administraciones públicas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Disposición adicional séptima. Firma electrónica para la ciudadanía. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Disposición adicional octava. Automatización progresiva de las oficinas de registro.
- Disposición adicional novena. Entidad pública prestadora de servicios de certificación. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Disposición adicional décima. Medios electrónicos y sociedades y fundaciones del sector público.
- Disposición adicional decimoprimera. Gestión de la documentación y archivo de los documentos electrónicos.
- Disposición adicional decimosegunda. Procedimientos de naturaleza tributaria.
- Disposición adicional decimotercera. Aplicación de los requisitos para el silencio administrativo desestimatorio regulados por normas preexistentes.
- Disposición adicional decimocuarta. Interpretación de la Ley conforme al derecho europeo.
- Disposición adicional decimoquinta. Reconocimiento mutuo de actuaciones administrativas de otros estados miembros de la Unión Europea.
- Disposición adicional decimosexta. Identificación y autentificación de los ciudadanos para acceder a la firma electrónica no avanzada.
- Disposición adicional decimoséptima. Desarrollo reglamentario de las leyes.
- Disposición transitoria. Régimen transitorio de actuaciones y procedimientos anteriores.
- Disposición derogatoria primera. Derogación parcial de la Ley 13/1989.
- Disposición derogatoria segunda. Derogación parcial de la Ley 23/2002.
- Disposición final primera. Reproducción de legislación básica.
- Disposición final segunda. Adaptación de las administraciones públicas de Cataluña para la incorporación de medios electrónicos y para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Desarrollo de la Ley.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma


