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Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo.

Artículo 45. Deber adicional de los propietarios de suelo urbanizable delimitado.

Artículo 45. Deber adicional de los propietarios de suelo urbanizable delimitado.

1. Los propietarios de suelo urbanizable delimitado tienen, además de los que impone el artículo 44, el deber de ceder a la administración actuante, gratuitamente, dentro del sector de suelo urbanizable en que se hallen comprendidos los terrenos, el suelo necesario para edificar el techo correspondiente al 15% del aprovechamiento urbanístico del sector.

2 y 3. (Derogados)

Se derogan los apartados 2 y 3 por el art. 12.2 del Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-2509

Se deja sin efecto derogación de los apartados 2 y 3 por Acuerdo de 25 de abril de 2019, Ref. DOGC-f-2019-90471 por el que se deroga el Decreto-ley 5/2019, de 5 de marzo.

Se derogan los apartados 2 y 3 por el art. 7.2 del Decreto-ley 5/2019, de 5 de marzo. Ref. DOGC-f-2019-90350

Se modifica por el art. 9 de la Ley 3/2012, de 22 de febrero. BOE-A-2012-3414.

Se modifica por el art. 11 de la Ley 3/2012, de 22 de febrero. BOE-A-2012-3414.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2019 En vigor BOE-A-2020-2509 Leer Qué cambió
18 de abril de 2019 BOE-A-2019-90471 Leer Qué cambió
8 de marzo de 2019 BOE-A-2019-90350 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2012 BOE-A-2012-3414 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2012 BOE-A-2012-3414 Leer Qué cambió
6 de agosto de 2010 Texto original Leer

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