Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo.
Disposición adicional decimosexta. Régimen especial del municipio de Barcelona.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2010 y la del 31 de diciembre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional decimosexta. Régimen especial del municipio de Barcelona.
El Ayuntamiento de Barcelona y la Subcomisión de Urbanismo del municipio de Barcelona tienen las competencias urbanísticas que les atribuye la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta municipal de Barcelona, las cuales prevalecen sobre las que determina esta Ley.
El Ayuntamiento de Barcelona tiene también los derechos de tanteo y retracto del artículo 173.1 respecto de los bienes situados en el municipio de Barcelona.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-953 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2019 | BOE-A-2020-2509 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2010 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional decimoquinta Índice Disposición adicional decimoséptima →


